Derecho del niño a comprensión y amor
A comprensión y amor por parte de los padres y la sociedad.
Derecho del niño a comprensión y amor
Comprensión y amor por parte de los padres y la sociedad.
Aprender todo aquello que desarrolle al máximo nuestra personalidad y nuestras capacidades intelectuales, físicas y sociales.
Que el Estado garantice a nuestros padres la posibilidad de cumplir con sus deberes y derechos.
6. Derecho a comprensión y amor por parte de las familias y de la sociedad.
Principio 6. El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.
Siempre que sea posible, deberá crecer al amparo y bajo la responsabilidad de sus padres.
Y, en todo caso, en un ambiente de afecto y de seguridad moral y material.
Salvo circunstancias excepcionales, no deberá separarse al niño de corta edad de su
madre.
La sociedad y las autoridades públicas tendrán la obligación de cuidar.
Especialmente a los niños sin familia o que
carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Para el mantenimiento de los hijos de familias numerosas conviene
conceder subsidios estatales o de otra índole.
A partir de 1975, con ocasión del Año Internacional del Niño.
Proporcionar a la infancia protección jurídica contra las peores formas de explotación.
Utilizar los protocolos facultativos para aumentar los instrumentos de derechos humanos.
Derechos del niño
A partir de la promulgación de la Convención de 1989 se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración.
La no discriminación: todos los niños tienen los mismos derechos.
El interés superior del niño: cualquier decisión, ley, o política que pueda afectar a la infancia tiene que tener en cuenta qué es lo mejor para el niño.
El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo: todos los niños y niñas tienen derecho a vivir y a tener un desarrollo adecuado.
La participación: los menores de edad tienen derecho a ser consultados sobre las situaciones que les afecten y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta.