Derechos del Niño Igualdad a tener su propia cultura
Derechos del Niño Igualdad a tener su propia cultura
Igualdad sin distinción de raza, credo o nacionalidad.
A tener nuestra propia cultura, idioma y religión.
Principio 1.
El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración.
Estos derechos serán reconocidos
a todos los niños sin excepción alguna.
Ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión.
Opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición.
Ya sea del propio niño o de su familia.
Los derechos del niño son un conjunto de normas de derecho internacional que protegen a las personas hasta determinada edad.
Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables.
Por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia.
Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el ámbito internacional.
Entre ellos la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño.
Se llevó a cabo por iniciativa de la UNICEF
A partir de 1975, con ocasión del Año Internacional del Niño,
Proporcionar a la infancia protección jurídica contra las peores formas de explotación.
Utilizar los protocolos facultativos para aumentar los instrumentos de derechos humanos.
A partir de la promulgación de la Convención de 1989 se ha ido adecuando la legislación interna a los principios contemplados en la Declaración.
La no discriminación: todos los niños tienen los mismos derechos.
El interés superior del niño: cualquier decisión, ley, o política que pueda afectar a la infancia tiene que tener en cuenta qué es lo mejor para el niño.
El derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo: todos los niños y niñas tienen derecho a vivir y a tener un desarrollo adecuado.
La participación: los menores de edad tienen derecho a ser consultados sobre las situaciones que les afecten y a que sus opiniones sean tenidas en cuenta.